El día del Censo, miércoles 27 de octubre, será feriado nacional, por lo tanto no se podrán realizar reuniones públicas y no habrá actividad comercial. La Ley 24.254/93 declara feriado nacional el día de cada año en el que se efectúe el Censo Nacional de Población y Vivienda y establece sus alcances en el artículo 2: “Quedan prohibidas hasta las 20 horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas (...) y todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes permanecerán cerrados hasta la hora indicada.”
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