Sí, el decreto 67/2.010 establece que todos los habitantes de la nación tienen que responder las preguntas del Censo. Si una persona se niega a contestar, el censista tiene la obligación de darle aviso al jefe de radio, que supervisa y controla al censista, para que se acerque al domicilio. En caso de no encontrarse nadie en en la primera visita, se pasa posteriormente dos veces más.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Si le ha parecido interesante este blog, por favor sugiéralo o vótelo favorito. GRACIAS.