Actualización:
La Cámara VI Nacional en lo Criminal y Correccional sentenció que los titulares del sitio Taringa.net cometieron delito contra la propiedad intelectual. Es por ello que en la próxima reunión posiblemente deberán pagar una indemnización de alrededor de U$S 50.000
Según publicó el diario El Cronista, desde la Cámara determinaron que si bien mucho del material compartido dentro de Taringa carece de protección por derechos de autor, los responsables del sitio son “participes necesarios” del delito de violación de propiedad intelectual, ya que conocían y permitían la descarga de contenidos protegidos, combinados con el lucro obtenido a través de la publicidad.
El diario informa que los imputados alegaron en du descargo la imposibilidad de determinar el contenido de las descargas y establecer cuales violan derechos de autor ya que diariamente se realizan, en promedio, alrededor de 20mil posts. Agregaron además que el no tener acceso al Registro Nacional de la Propiedad Intelectual para poder cotejarlo representa otra traba.
Los jueces a cargo de la causa sostuvieron que los responsables del sitio permitían la publicación de obras que eran reproducidas sin consentimiento de sus titulares. A pesar de que los enlaces vinculaban a sitios externos, se determinó que Taringa facilitaba ese nexo a través de su servicio, lo que constituye un delito ya que torna sus responsables al menos “participes necesarios de la maniobra y claros conocedores de su ilicitud”.
A raíz de lo publicado en El Cronista, el portal ALT1040 se comunicó con uno de los titulares del portal, Matías Botbol, quién aclaró que lo reflejado por la publicación es solo la confirmación del procesamiento y que el expediente por el momento se encuentra en el Juzgado de Casación, donde aún no se ha resuelto si se debe ir a juicio o no, por lo que recién habrá noticias en los próximos meses.
---
Una republicación de este tema en el diario argentino El Cronista causó confusión al darnos a entender que se había fallado en contra de Taringa. Lo cierto es que se trata de un tema que salió a la luz hace varios meses y que todavía no está resuelto, puesto que el juicio continúa. De todos modos, a la luz de la Ley Sinde y la Ley SOPA, es pertinente debatir respecto de hacia dónde va la justicia y en qué lugar situamos a sitios como Taringa o Cuevana. La nota original abajo.
La justicia argentina emitió un fallo contra los dueños de Taringa.net, sentenciando que cometieron delito contra la propiedad intelectual, lo que implicaría el pago de una posible multa de unos US$50.000.
El fallo señala que aunque mucho del material compartido en el portal no tenía derechos de autor, los responsables del sitio sabían que también se compartía y descargaba contenido protegido, lo que se combinaba con el lucro que ellos obtenían por la publicidad en el sitio.
Los responsables de Taringa alegaron que a diario se realizan 20.000 posts en el sitio, y que es “imposible que determinen el contenido de las cargas y establezcan si violan los derechos de autor”.
La corte, sin embargo, afirmó que “los imputados a través de su sitio permitían que se publiciten obras que finalmente eran reproducidas sin consentimiento de sus titulares. Si bien ello ocurría a través de la remisión a otro espacio de Internet, lo cierto es que justamente tal posibilidad la brindaba su servicio“.
En definitiva, lo que se condena en la última frase es el link. Aunque se reconoce que el material estaba alojado en un servidor o sitio de un tercero, la página está siendo condenada por actuar como medio. Un fallo como éste le complica las cosas a otros sitios, tales como Cuevana.
El fallo continúa señalando que “si bien los autores del hecho finalmente serían aquéllos que subieron la obra al website y los que ‘la bajan’, lo cierto es que el encuentro de ambos obedece a la utilización de la página (…), siendo sus responsables al menos partícipes necesarios de la maniobra y además claros conocedores de su ilicitud, por lo que el convenio que exhiben para pretender exonerarse de responsabilidad no podrá ser tenido en cuenta”.
Esto no significa que el sitio cerrará – de hecho, la única sanción que se conoce es una posible multa monetaria – pero de mantenerse el funcionamiento del sitio tal como está ahora, nada impide que se le demande nuevamente por los mismos cargos, haciendo finalmente que mantener el portal se vuelva insostenible.
En cierto modo, el caso de Taringa seguiría las premisas que ya plantean la ley SOPA en Estados Unidos y Sinde en España. Es cosa de tiempo ver si a los legisladores locales se les ocurre proponer algo similar.
fuente juicio a taringa
No hay comentarios:
Publicar un comentario