28 de junio de 2009

¿Quienes deben votar en las elecciones del 28 de junio?

LEY ELECTORAL ARGENTINA

¿Quiénes tiene obligación a votar?

"Todos los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción y naturalizados, desde los dieciocho años de edad cumplidos hasta el mismo día del comicio. Dichos ciudadanos serán incluidos en el padrón electoral. Son ciudadanos argentinos por opción los hijos/as de ciudadano argentino nacido en territorio extranjero que optaron por la ciudadana argentina."

¿Los Extranjeros pueden votar?

"Para los extranjeros residentes, el voto no es obligatorio. Podrán votar en el orden provincial y municipal, si la legislación provincial electoral lo permite. Para esto, deberán inscribirse en el padrón de extranjeros en el municipio al cual pertenecen, acreditando los años de residencia exigidos por la provincia donde resida el extranjero en cuestión. Los extranjeros residentes no pueden votar en elecciones nacionales."

¿Puedo votar si me mudo al exterior?

"Los residentes permanentes en el exterior no tienen la obligación de emitir su voto, pero si lo desean, deben inscribirse y sufragar en los consulados argentinos del país donde residan. Quienes se encuentren transitoriamente fuera del país sí están obligados a votar, y deberán presentarse en el consulado nacional más próximo el día de las elecciones para que se les extienda el certificado correspondiente. Cuando regresen a la Argentina, tienen que dirigirse lo antes posible a la Secretaría Electoral de sus respectivos distritos para justificar la inasistencia a los comicios."

EL VOTO EN ARGENTINA

El voto en Argentina tiene las siguientes características: es individual; secreto y obligatorio (salvo para aquellos que están exentos/as). En 1912 se sancionó la Ley Electoral Nº 8.871 (más conocida como Ley Sáenz Peña), que reemplazó el voto calificado por el sufragio universal, secreto y obligatorio y estableció el sistema de lista incompleta, para que las minorías puedan tener representación legislativa.

Ninguna autoridad ni persona, corporación, partido, o agrupación política puede obligar al votante, a optar por algún candidato o lista en particular.

Para poder votar se requiere: ser ciudadano/a; haber nacido en la Argentina o ser argentino/a, naturalizado/a o por opción; tener dieciocho años de edad cumplidos; no tener ninguna de las inhabilitaciones previstas en el Código Electoral Nacional; y estar incluido/a en el padrón electoral.

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3 comentarios:

Diego - Regalos Gratis dijo...

Es una información muy útil, aunque creo que ya todo el mundo lo debería saber. Pero por las dudas, siempre es bueno tener algo así a mano.

No estoy de acuerdo que el voto sea obligatorio, creo que uno debería votar si entiende a lo que respalda, pero obligar a la gente a votar, me parece injusto, ya que seguramente unos cuantos vayan el día de las elecciones y voten a cualquiera.

Estaría bueno que se buscara la manera de que solo los indicados, ya sea porque saben algo del tema o lo que sea, pudieran votar, habiendo siempre democracia.

javier dijo...

Hola navegando por la red me encontré con tu blog que seguramente esta muy bueno, pero me es imposible verlo a todo, es por eso que te mando un saludo y espero que le sigas poniendo tantas ganas como hasta ahora. Hasta pronto.


Firma: http://lomascodiciadodelplaneta.blogspot.com

Unknown dijo...

Soy extranjera, y me ha llegado una carta en la cual me están designando como "autoridad de mesa" para los comicios del próximo 28 de Junio.
Tengo 22 años de residencia en el pais, y jamás tuve que votar, ya que según tengo entendido, para ello es necesario que personalmente me empadrone en un registro especial habilitado a tal efecto.
Ahora bien, se supone que este es un trámite que tuve que haber gestionado en forma personal, y JAMÁS LO HICE, por lo cual, fue grande la sorpresa de que no solo tengo que votar, sino que también me designan como autoridad de mesa.
Lo curioso es que en mi DNI ni siquiera tengo espacio para el sello de novedades electorales...
Llamé miles de veces a La Plata, y lo que me dicen es que la Ley 11.700 dictamina que desde hace unos años el voto de extranjeros es OBLIGATORIO.
Si debo cumplir con mi deber cívico, lo cumplo sin ningún problema, pero me confunde esto de que me lo impongan como algo OBLIGATORI cuando en todos lados dicen lo contrario.
Espero que me puedan ayudar...
Saludos,
Erica

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